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El TSJ reprende al anterior Gobierno de Aragón por excluir a ASPROT y quebrantar la igualdad entre convenios taurinos

  • TOROSARAGON
  • hace 1 día
  • 2 Min. de lectura

Zaragoza, 29 de junio de 2025 — El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha condenado al anterior Gobierno autonómico, presidido por Javier Lambán, por vulnerar el principio de igualdad en la elaboración del Decreto 71/2023, que regula los espectáculos taurinos en la comunidad.


El tribunal considera probado que el Ejecutivo excluyó injustificadamente a ASPROT (ASOCIACIÓN SINDICAL DE PROFESIONALES INDEPENDIENTES) del proceso de consulta, pese a ser una entidad relevante del sector. Esta omisión, según la sentencia, supuso una discriminación frente a otras asociaciones que sí fueron invitadas a participar.


¿Qué ocurrió?


Durante la redacción del nuevo reglamento taurino —que afecta a festejos populares, plazas portátiles, escuelas taurinas y cambios en los festejos mayores— el Gobierno consultó a varias entidades del sector, pero no a ASPROT, pese a su participación previa en negociaciones del Convenio Nacional Taurino y su peso entre los profesionales.


El decreto además favorecía exclusivamente al Convenio Nacional Estatutario, al exigir que los contratos de festejos fueran validados por su Mesa de Seguimiento. Esto dejaba fuera a quienes se rigen por el Convenio Extraestatutario, donde participa ASPROT, creando un trato desigual sin justificación objetiva.


¿No bastaba con el trámite de información pública?


El Gobierno alegó que cualquier persona o entidad podía presentar alegaciones durante el periodo de exposición pública. Pero el TSJA ha sido claro: ese trámite no sustituye la obligación legal de dar audiencia directa a quienes tienen intereses legítimos y concretos, como era el caso de ASPROT.


¿Qué dice la sentencia?


La resolución afirma que no hay razón válida para haber consultado a unas asociaciones y no a otras. La igualdad ante la ley exige un trato equitativo, y cualquier exclusión debe estar debidamente motivada, cosa que no ocurrió.


El tribunal también desestima que el recurso de ASPROT fuera improcedente: estaba correctamente planteado y fundamentado. Aunque la sentencia no anula el decreto, sí declara formalmente que se vulneró el derecho a la igualdad. Además, impone al Gobierno de Aragón y a la otra parte las costas del proceso, con un máximo de 750 euros cada uno.


¿Por qué es relevante?


El fallo sienta un precedente importante: recuerda que las normas deben elaborarse con participación real y no solo de los actores "oficiales". También visibiliza una queja recurrente en el sector taurino: la discriminación hacia quienes optan por el Convenio Extraestatutario, igualmente válido por ley.


En resumen


El TSJ de Aragón ha reconocido que no se pueden aprobar normas ignorando a parte del sector afectado, especialmente cuando se lesionan derechos fundamentales. Para ASPROT y los profesionales que representa, la sentencia es una victoria simbólica que podría influir en futuras regulaciones en Aragón y otras comunidades.


ACCEDE A LA SENTENCIA Y AL BOA




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